SANCIONAN A CLARO CON MAS DE $2400 MILLONES POR SUPUESTA PUBLICIDAD ENGAÑOSA.

La sanción de la Supersociedades por $2.463.000.000, se impuso tras comprobar que Claro incurrió en publicidad engañosa porque indujo en error, engaño y/o confusión a los usuarios, al difundir información incompleta e inexacta sobre las condiciones de acceso al servicio de internet fijo con tarifa social.La sanción fue impuesta por la Superindustria por la campaña de tarifa social de internet para estratos 1 y 2. La empresa defendió su actuar.

La Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) impuso una millonaria sanción contra la empresa Comunicación Celular Comcel, por la campaña de tarifa social de internet para estratos 1 y 2.

Para la entidad, el operador no cumplía con la obligación de divulgar la información de la oferta, como estaba dirigida a ciudadanos de estratos 1 y 2 y a beneficiarios de la Ley 1699 de 2013 (pensionados de la Fuerza Pública con discapacidad y los sobrevivientes de integrantes de las Fuerzas militares o Policía Nacional, fallecidos por hechos o actos ocurridos por causa y razón del servicio, por acción directa del enemigo o en combate).

Igualmente, que solamente está dirigida a usuarios nuevos, es decir, que el titular y los miembros de su núcleo familiar no hubieran contado con servicio de internet fijo dentro de los 6 meses anteriores; como también que las tarifas fijas del servicio de internet fijo correspondían a $8.613 (estrato 1) y $19.074 (estrato 2).
Se precisa que con la omisión de la información se indujo en error a la ciudadanía, pues no difundió información esencial y determinante para que los usuarios contaran con los elementos de juicio suficientes para tomar una decisión de consumo razonable.

Para la Superintendencia de Industria y Comercio a partir del análisis de las evidencias, “pudo establecer que Claro estaba condicionando el acceso de las tarifas sociales a la suscripción de contratos empaquetados, circunstancia que terminaba por confundir a los potenciales beneficiarios del servicio de internet fijo con tarifas sociales, pues al no ofrecerlo de manera individual – tal cual lo garantizan los contratos de aporte firmados entre el Mintic y Claro – se indujo en error, engaño y/o confusión a los ciudadanos que pretendían adquirir este servicio en las condiciones ya planteadas”.

Contra la decisión de la Superindustria proceden los recursos de reposición y de apelación.
En respuesta a la decisión, Claro aseguró que, en el marco del contrato con el Mintic de ‘Incentivos a la Demanda’ para conectar a los estratos 1 y 2, ha cumplido completamente lo establecido en el acuerdo, gracias a lo cual, según la compañía, cerca de 240 mil hogares se han beneficiado con conectividad de internet fijo.

La empresa aseguró que demostrará que su actuar se ajustó a lo establecido en el contrato y que no existe ningún mérito para la presente actuación.

Agregó que no ha sido notificada por la SIC y la decisión no está en firme, por lo cual presentará los recursos y acciones legales que sean necesarias para este caso.