LUEGO DE UN EVENTO OBSTÉTRICO: LA ANTICONCEPCION ES EL CAMINO.

Luego de haberse trazado los objetivos de desarrollo sostenible que se esperan alcanzar hasta el año 2030, y entre los cuales está disminuir la mortalidad materna e infantil, el trabajo ahora propende por espaciar los embarazos, porque de esta manera se reducen las complicaciones que se puedan dar en lo sucesivo. Actualmente los implantes subdérmicos gozan de gran aceptación entre las pacientes y son colocados en la cara interna del brazo.

De esta manera, una vez se haya cumplido en una mujer cualquier tipo de evento obstétrico, es menester iniciar un método anticonceptivo, lo que va a contribuir en mejorar su calidad de vida, al tiempo que se disminuye la incidencia de enfermedades e incluso la mortalidad, que se incrementa al tener periodos intergenésicos muy cortos (menos de 24 meses entre embarazos).

La obligación de las EPS es garantizar a las mujeres el método anticonceptivo que deben utilizar.
La recomendación del anticonceptivo va ligada a las características de la paciente, sumado a lo que ésta desea y obviamente el evento obstétrico, también si está lactando. “Después de un embarazo ectópico o un aborto, la mujer no va a lactar, y es cuando se recomiendan anticonceptivos hormonales combinados o con solo progestágeno, que pueden ser píldoras, inyecciones, dispositivos intrauterinos o un endoceptivo que libere una hormona dentro del útero, también se pueden utilizar los implantes subdérmicos”, indica la ginecobstetra Clarena Ceballos.

A diferencia de la mujer que si tiene un producto, es decir, después de un embarazo normal, sea vaginal o cesárea, se tiene en cuenta si habrá lactancia, de ser así, su anticoncepción solo debe contener progestágenos, que pueden ser orales, inyectables o los dispositivos intrauterinos e implantes subdérmicos con alta aceptabilidad por parte de las pacientes.

Educar en materia de anticoncepción es muy importante para los países en vía de desarrollo, toda vez se disminuye la problemática que acarrean los embarazos a temprana edad, el número de hijos en mujeres de escasos recursos y por tanto la probabilidad de mortalidad materno-infantil.

Indica la doctora Ceballos, que las EPS deben autorizar a sus afiliadas el método anticonceptivo, que a su vez hace parte de las rutas materno prenatal de la Resolución 3280 mediante la cual se rige todo el sistema de prestación de servicios a las mujeres embarazadas y a los niños. Es de aclarar, advierte la profesional, que existe una consulta llamada “preconcepcional”, donde se aborda el tema para cuando sea pertinente.