Soledad, 19 de enero de 2020. El gobierno del municipio de Soledad, liderado por el alcalde Rodolfo Ucrós Rosales, dignificará la vida de más de 20 mil familias soledeñas, las cuales durante muchos años han ocupado predios fiscales y no han tenido acceso a los documentos que los acrediten como propietarios.
Para lograr ese propósito, el mandatario presentó al Concejo Municipal el proyecto de Acuerdo por medio del cual se le autoriza “para realizar cesión a título gratuitos del derecho real del dominio de predios fiscales y ocupados para viviendas de interés social de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo y décimo de la Ley 1001 de 2005 y se dictan otras disposiciones”.
“Tenemos identificadas a 50 mil familias que no cuentan con el título de propiedad de su inmueble y nuestra meta es lograr la titulación de más de 20 mil predios. Así mejoramos la calidad de vida de nuestra población. Nuestra apuesta con el proceso de titulación está orientada a llegar a los 62 barrios subnormales, donde sus habitantes carecen de condiciones dignas para vivir”, dijo el alcalde Ucrós.
Agregó que “en el Gran Pacto Social por Soledad, la calidad de vida es una prioridad. Es el pacto por la vivienda digna de las familias soledeñas. Con las facultades que nos entregue el Concejo, fortaleceremos la planificación territorial y urbana del municipio, la reconstrucción del tejido social mediante el mejoramiento integral y la legalización urbanística de barrios”.
Sobre la titulación de predios fiscales
La titulación es el mecanismo por el cual el Gobierno Nacional faculta a las entidades públicas para transferir los predios de su propiedad ubicados en el perímetro urbano a las familias de escasos recursos que los han ocupado de manera ilegal con vivienda de interés social.
La ley señala que no podrán incluirse los predios o asentamiento que se encuentren ubicados en zonas de riesgo, protección o proyección de las obras contempladas en el Plan de Desarrollo Municipal, bienes de uso público así como aquellos que se encuentren por fuera del rango de vivienda de interés social.
De acuerdo con lo anterior, solo una vez cumplidos los requisitos exigidos por la Ley 1001 de 2005 y su Decreto Reglamentario 4825 de 2011 y las normas de desarrollo territorial concordantes, será procedente la inclusión de estos inmuebles en los programas de titulación.